REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Finalizada las exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control , del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento:Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Que el solicitante JOSE GREGORIO HERRERA acreditó ante este Tribunal la titularidad del vehículo, con respecto a la solicitud hecha por la defensa este Tribunal le otorga la Guardia y Custodia al solicitante, asimismo se advierte que no debe realizar acto legal sobre el vehiculo solicitado alguno y por cuanto debe presentar el vehiculo por ante la Fiscalía Decima Novena al momento de que sea requerido. SEGUNDO: Se acuerda la entrega del vehículo en calidad de depósito. Ofíciese lo conducente al Estacionamiento Neomar Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, a los fines de que haga entrega inmediata del referido vehículo el cual tiene las siguientes características MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBÚ CLASSIC, AÑO: 1981, COLOR VINOTINTO, SERIAL DE CARROCERÍA D1T69ABV322998, SERIAL DE MOTOR ABV322998, PLACAS ACZ632. Con la lectura y firma de la presente Acta quedan las partes Notificadas de la presente Decisión y se declara finalizado el acto.
La Juez Cuarto de Control


ALEJANDRA MARIA RIVAS ALIENDRES