Republica Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2
Los Teques, 06 de Octubre de 2004
194º y 145º
Expediente Nº S-3159
“Vistos”
Las actuaciones que anteceden, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, evacuadas las testimoniales de las ciudadanas MEDINA CUMARE NORA MARGARITA, de 37 años de edad, venezolana titular de la cédula de identidad Nº V-8.682.470, MARIA DEL ROSARIO BRICEÑO OROPEZA, de 25 años de edad, venezolana titular de la cédula de identidad Nº V-15.518.092 y MEDINA CUMARE JESABEL DEL CARMEN, de 33 años de edad, venezolana titular de la cédula de identidad Nº V-10.283.419. Los cuales manifestaron conocer al solicitante asegurando que es cierto todo lo expuesto en el libelo, sin perjuicios de terceros, de igual o mejor derecho, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus, ciudadano SERGIO MARTIN PEREIRA GANGEL, quien fue en vida titular de la cédula de identidad N° V-10.275.206, quien deja a sus hijos niños: MARIA BETANIA Y SERGIO JESUS PEREIRA RANGEL, y a la ciudadana MAIRA JOSEFINA HERRADEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.844.035, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela . Devuélvase todo lo actuado, incluyendo la solicitud.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado por ésta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase.-
EL JUEZ
Dr. ROCCO OTELLO LA SECRETARIA
ABG. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN
Expediente: S-3159
MOTIVO: Declaración de Únicos Universales herederos.
RO/BCG/gigi.-
|