REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES
Vista la diligencia de fecha 29 de septiembre de 2004, suscrita por el abogado ALFREDO RAMPHIS JIMENEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual solicita se suspenda la medida preventiva de prohibición de enajenar decretada sobre un inmueble propiedad de los demandados, el cual se encuentra ampliamente identificado en autos; al respecto este Tribunal Observa que consta al folio 116 del expediente, oficio mediante el cual se remite a este Juzgado la presente causa constante de una pieza con 116 folios útiles, ahora bien, por cuanto se está solicitando la suspensión de una medida de prohibición de enajenar y gravar y no constando en las actas del expediente que se haya decretado dicha medida, así como tampoco consta que se haya recibido el cuaderno de medidas, se ordena remitir el expediente al tribunal de la causa. Cúmplase.