REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 20 de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º

Visto el escrito que antecede, de fecha 23 de agosto de 2.004, presentado por el abogado JESÚS RAFAEL MUÑOZ MATUTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 43.214, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual solicita sea decretada la ejecución forzosa en el presente procedimiento, y sea librado oficio al Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, Departamento de Guarnición, a los fines que el derecho de propiedad que tiene el ciudadano ASDRÚBAL RAMON PÉREZ PULGAR, sobre un inmueble ubicado en San Antonio de Los Altos, Municipio los Salías del Estado Miranda, Urbanización Rosaleda Sur, Edificio Urare, Piso 09, apartamento 9-D, sea traspasado en propiedad a nombre de sus menores hijos VICTOR ASDRÚBAL PÉREZ TOVAR y ASLI ESTEFANI PÉREZ TOVAR, debido a que dicho bien aun lo esta cancelando el demandado por ante el referido instituto, ello de conformidad con la decisión dictada en fecha 27 de febrero de 2.004. Este tribunal en consecuencia, decreta LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia dictada en fecha 27 de febrero de 2.004, que estableció “...ORDENA al demandado que proceda a dar cumplimiento al contenido de las cláusulas quinta y sexta del escrito de separación de cuerpos y bienes suscrito entre las partes en fecha 12 de julio de 2.001 ante la Sala de Juicio del Tribunal de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, comprometiéndose ante las autoridades del Ministerio de la Defensa, a realizar los tramites pertinentes a fin de que el derecho de propiedad que tiene sobre el inmueble sea traspasado a nombre de sus menores hijos VICTOR ASDRÚBAL PÉREZ TOVAR Y ASLI ESTEFANI PEREZ TOVAR...”, y ordena librar oficio al Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, Departamento de Guarnición, a los fines de informarle que mediante sentencia dictada por este juzgado, se ordenó el traspaso de propiedad del inmueble antes referido a los menores hijos del demandado, ASLI ESTEFANI PÉREZ TOVAR y VICTOR ASDRÚBAL PÉREZ TOVAR, y en tal sentido, dicte las medidas pertinentes para dar cumplimiento al referido fallo.
EL JUEZ,

HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA.

LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.

LA SECRETARIA,

HJAS/fapa
Exp. Nº 23.381