REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; veintiocho (28) de octubre de dos mil cuatro (2.004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga en la sucesión, a los ciudadanos ELISABETTA MARANGONI de DE ZORDO y sus hijos MELANIA DE ZORDO de SATURNO, CRISTIANA DE ZORDO MARANGONI y YOEL DE ZORDO MARANGONI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nos V-6.048.188, V-13.727.928, V-16.222.549 y V-18.014.857, respectivamente, del de-cujus RENATO SONNY DE ZORDO CAMPANA, quien falleció ab-intestato en fecha 30 de noviembre de 2000, en Santa María Di Reggioli, Localita Reggioli, en jurisdicción del Municipio de Gaiole in Chianti, Provincia de Siena, República, devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado Félix Llovera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.876, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
HJAS/lci
Exp. N° 40538