REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).


194° y 145°


Vista la consignación de la Planilla Sucesoral efectuada por el abogado JOSE MAITA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, dando así cumplimiento a lo requerido por auto de fecha 17 de agosto de 2004, el tribunal e pronuncia de la siguiente forma: Por cuanto se observa que la presente demanda por Reivindicación no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a la ciudadana YULEIMA ELIZABETH HERNÁNDEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.829.909, para que comparezca ante este Tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, más un (01) día que se le concede como término de la distancia, en una cualesquiera de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y la 1:30 p.m., a dar contestación a la demanda. Para la practica de dicha citación, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, al cual se ordena librarle el correspondiente oficio. Compúlsese el libelo de demanda y junto con su orden de comparecencia al pie, remítase al tribunal comisionado. Líbrese Compulsa, oficio y remítase.
EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


En la misma fecha no se libró compulsa por falta de fotostatos.


LA SECRETARIA
EXP. N° 24.524
HJAS/ICBC/bd*