REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 06 de septiembre de 2004
194° y 145°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por la abogada ELSA RUEDA CORREA, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 21.680, así como la Justificación promovida ante este Juzgado, en la cual rinden declaración las ciudadanas EIRA GERONIMA BOLIVAR DE CARABALLO y MARIA SALOME MERMEJO, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana BEATRIZ LETICIA ANDRADE de PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.178.247, sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno propiedad de su difunta madre AURA MARIA PINEDA de THEODOROU, ubicado en Jurisdicción del Municipio Acevedo del Estado Miranda, con una superficie aproximada de DOS MIL METROS CUADRADOS (2000 mts), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,


ISABEL BLANCO CARMONA,


En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.


LA SECRETARIA,


HJAS/ibc/jenifer**
Exp. No. 40.209