REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 09 de Septiembre de 2004

194º y 145º

Por recibido del Sistema de Distribución, la demanda de Rectificación de Partida de Defunción, presentada por los ciudadanos TERESA FERREIRA de GONCALVES, VICTOR JORGE GONCALVES FERREIRA, ELIA MARIA GONCALVES de DA SILVA y TERESA MARIA GONCALVES de JARDIM, mayores de edad, de nacionalidad portuguesa la primera y venezolanos todos los demás, titulares de las cédulas de identidad nros. E-278.110, V-6.458.396, V-3.588.631, y V-4.842.360 respectivamente, y el segundo de los nombrados abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 44.936, quien actúa en nombre propio y asiste a todos los demás; désele entrada y anótese en el libro respectivo. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de Ley. En consecuencia, emplácese mediante Edicto a todas aquellas personas que tengan interés directo y manifiesto en el presente procedimiento, a fin de que en el décimo (10º) día de Despacho siguiente a la publicación, fijación y consignación en el expediente, que del Edicto se haga y deberán ser publicado en el diario El Universal, tenga lugar el acto de contestación a la demanda. Líbrese Edicto. De conformidad con los artículos 131 ordinal 3º y 132 ambos del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar al Representante del Ministerio Público, a fin de que actúe en el proceso como parte de buena fe, y concurra a los actos del juicio. Líbrese boleta de notificación y adjúntesele copia certificada del libelo de demanda y entréguese al Alguacil de este Tribunal, encargado de practicar la notificación. -
EL JUEZ


HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO C.

En esta misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en autos, por falta de fotostatos.
LA SECRETARIA


EXP.NRO. 24.589
HJAS/yd.