REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 09 de Septiembre de 2004
194º y 145º

Vista la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos YRAMA DEL VALLE LUGO DE PACHECO y RICHARD RAFAEL PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad nros. V-3.946.090 y V-4.973.133 respectivamente, debidamente asistidos por las abogadas MAYORI BORGES y MARIA ANTONIETA ROJAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los nros. 60.355 y 40.415 respectivamente; el Tribunal le da entrada en el Libro de Causas bajo el N° 24.594, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho y ordena la notificación de la FISCAL XI DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial, para que intervenga en el procedimiento como parte de buena fe, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de notificación y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud presentada para ser entregadas al Alguacil de este Tribunal.
EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.

ISABEL CRISTINA BLANCO C.

En esta misma fecha se libró la boleta de notificación.
LA SECRETARIA.


EXP. N° 24.594
HJAS/icbc/yd*