REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, nueve (09) de septiembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, muy especialmente las testimoniales evacuadas por ante el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HAIDEE BELEN GIL DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.517.024, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un LOTE DE TERRENO PROPIEDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, UBICADO EN EL PARCELAMIENTO COLINAS DE MANPOTE, SECTOR MANPOTE, KILÓMETRO 12 DE LA AUTOPISTA PETARE-GUARENAS, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO PLAZA, ESTADO MIRANDA, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se encuentran debidamente identificados en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual precede redactada por el abogado IRIO A. RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.598. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. N° 40.421
HJAS/ICBC/bd*