REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, uno (01) de Septiembre de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Por recibida la anterior demanda por INTIMACIÓN interpuesta por los abogados LEONARDO ACOSTA FERNÁNDEZ y ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMÁN, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 27.265 y 70.428, respectivamente, con el carácter de Endosatarios en Procuración del ciudadano YONATHAN GABRIEL REYES OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.639.911, contra el ciudadano MANUEL FELIPE DEL VALLE REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.074.937, se le da entrada en el Libro de Causa bajo el N° 287-04, y por cuanto de la revisión de la misma se observa que la parte actora al señalar las cantidades de dinero demandadas, y los montos de los porcentajes establecidos en el libelo no corresponden a los cálculos correctos de los referidos porcentajes; en consecuencia este Tribunal se ABSTIENE de admitir la presente demanda hasta tanto la parte actora realice las correcciones a que hubiere lugar todo de conformidad con lo establecido en el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil.
CÚMPLASE.-
LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCÍA
AO/magaly
Exp. N° 287-04