REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Primero (01) de Septiembre de dos mil Cuatro (2004).-

194º y 145º

Visto el anterior escrito de demanda por PARTICION presentada por los ciudadanos ALLISON DE LA CRUZ LINARES GONZALEZ y PETRONIO RAMON BOSQUES, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogados Nros. 44.483 y 43.697 respectivamente, en su carácter de apoderados Judiciales del ciudadano JESUS RAFAEL MARTINEZ FLORES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.904.961, contra los ciudadanos ANSELMO GONZALEZ QUINTERO y MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, désele entrada en el Libro de Causas bajo el Nº 288-04, el cual se tramitara por el Procedimiento Ordinario. Emplácese a la parte demandada, ANSELMO GONZALEZ QUINTERO y MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-663.143 y V-2.143.012 respectivamente, a objeto de que comparezcan ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la ultima de las citaciones, en el horario comprendido de (8:30 a.m,) a (1:30 p.m), a fin de dar contestación a la demanda incoada en su contra. Conforme a lo solicitado por la parte actora en el Juicio, se ordena compulsar copia del libelo de demanda con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie para la contestación a la demanda. Entréguese al Alguacil del Tribunal la compulsa y la orden de comparecencia a los fines de la respectiva citación. Líbrese compulsa y déjese constancia de lo actuado. En cuanto a la Medida solicitada, el tribunal proveerá por auto en cuaderno separado que se ordena abrir. Las certificaciones se hacen conforme a los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-


LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI CH.
EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA






NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, por cuanto no fueron consignados los fotostatos para proveer.-



EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AO/Isabel
Nro. 288-04






































TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, primero (01) de Septiembre del Dos Mil Cuatro (2004).-

194º y 145º

Ordenada como ha sido la apertura del presente Cuaderno de Medida, se abre en esta misma fecha, a los fines de proveer en su oportunidad sobre la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la parte actora en el libelo de demanda.-


LA JUEZ,
Dra. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AOCH ysabel
Exp. No. 288-04
















TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Dos (02) de Septiembre del año Dos Mil Cuatro (2004).-

194° y 145°


Por cuanto fueron consignados los fotóstatos respectivos, désele cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de fecha 01-09-2004, líbrese las correspondientes compulsas.-




LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH



EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AOCH/Isabel
EXP. N° 288-04






















El Suscrito Abg. MANUEL GARCIA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 288-04. Relacionado con el juicio que por PARTICION sigue contra los ciudadanos ANSELMO GONZALEZ QUINTERO y MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ, el ciudadano JESUS RAFAEL MARTINEZ FLORES, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la ley de sellos. Ocumare del Tuy, Dos (02) de Septiembre del año dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare Del Tuy, Dos (02) de Septiembre del dos mil cuatro (2004).-

194° 145°

SE HACE SABER: Al ciudadano ANSELMO GONZALEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad y titular de identidad N° V-663.143; domiciliado en la siguiente dirección: Conjunto Residencial y Comercial “El Rodeo”, Primera Etapa, Edificio D, apartamento D-3-6, Planta Tercera, Ocumare del Tuy, Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Miranda, que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguiente a su citación, en el horario comprendido de ocho y treinta de la mañana (8:30 am) a una y treinta de la tarde (1:30 pm), a fin de que de contestación a la demanda a que se refiere el libelo de la demanda. Dará recibo el alguacil en prueba de haber sido citado.-


LA JUEZ,
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA
AOCH/Isabel
EXP. N° 288-04



El Suscrito Abg. MANUEL GARCIA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 288-04. Relacionado con el juicio que por PARTICION sigue contra los ciudadanos ANSELMO GONZALEZ QUINTERO y MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ, el ciudadano JESUS RAFAEL MARTINEZ FLORES, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la ley de sellos. Ocumare del Tuy, Dos (02) de Septiembre del año dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare Del Tuy, Dos (02) de Septiembre del dos mil cuatro (2004).-

194° 145°

SE HACE SABER: A la ciudadana MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de identidad N° V- 2.143.012; domiciliada en la siguiente dirección: Conjunto Residencial y Comercial “El Rodeo”, Primera Etapa, Edificio D, apartamento D-3-6, Planta Tercera, Ocumare del Tuy, Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Miranda, que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguiente a su citación, en el horario comprendido de ocho y treinta de la mañana (8:30 am) a una y treinta de la tarde (1:30 pm), a fin de que de contestación a la demanda a que se refiere el libelo de la demanda. Dará recibo el alguacil en prueba de haber sido citado.-


LA JUEZ,
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA
AOCH/Isabel
EXP. N° 288-04

Recibí del Ciudadano Alguacil del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, COPIA CERTIFICADA: Del libelo de demanda que por PARTICION, ha incoado en mi contra ante ese Tribunal el ciudadano JESUS RAFAEL MARTINEZ FLORES, junto con su orden de comparecencia al pie en el cual se me hace saber que debo comparecer ante ese despacho DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS DE DESPACHO, siguiente a su citación, en las horas de despachos comprendidas entre las 08:30 am y 01:30 pm, a dar contestación a la demanda.-




_______________________________________
ANSELMO GONZALEZ QUINTERO
C.I. Nro. V-663.143



NOMBRE Y APELLIDO DE LA CITADO: ____________________________________
DIRECCION: _____________________________________________________________
FECHA: _________________________ HORA: _________________________________



EXP. N° 288-04




















Recibí del Ciudadano Alguacil del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, COPIA CERTIFICADA: Del libelo de demanda que por PARTICION, ha incoado en mi contra ante ese Tribunal el ciudadano JESUS RAFAEL MARTINEZ FLORES, junto con su orden de comparecencia al pie en el cual se me hace saber que debo comparecer ante ese despacho DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS DE DESPACHO, siguiente a su citación, en las horas de despachos comprendidas entre las 08:30 am y 01:30 pm, a dar contestación a la demanda.-




_______________________________________
MARIA WELTINA DAZA DE GONZALEZ
C.I. N° V- 2.143.012


NOMBRE Y APELLIDO DE LA CITADO: ____________________________________
DIRECCION: _____________________________________________________________
FECHA: _________________________ HORA: _________________________________





EXP. N° 288-04