REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Dos (02) de Septiembre del año dos mil cuatro (2004). –

194° y 145°

Vista la anterior solicitud de OFERTA REAL, presentada por la ciudadana CARMEN ALICIA PALACIOS RONDON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 5.400.187, debidamente asistida por el Abogado JOSE GREGORIO ESPAÑA GAMBOA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.906, désele entrada de conformidad bajo el N° 298-04 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia y de conformidad con el artículo 821 del Código reprocedimiento Civil, se acuerda el traslado y constitución de este Tribunal en la siguiente dirección Avenida Rivas, Centro Comercial Santa Rosa, Piso 2, frente al Centro de Comunicaciones CANTV, Ocumare del Tuy, Estado Miranda o en cualquier otra que comunique la parte solicitante al momento del traslado, a fin de efectuar la Oferta Real de Pago a la ciudadana PEGGY MERCEDES CHACON BOLIVAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.303.973, de este domicilio, por la suma de DOCE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.200.000,oo), mediante Cheque de Gerencia N° 42402087, emitido por BANESCO Banco Universal a nombre de PEGGY MERCEDES CHACON BOLIVAR, para lo cual se fija las once de la mañana (11:00 a.m,), del siguiente día de despacho al de hoy



LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA

AO/ldb
EXP. N° 298-04.