TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinte (20) de Septiembre del dos mil cuatro (2004).-

194º y 145º


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana ZENAIDA IGNACIA MORALES LIENDO, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.888.656 Sobre una bienhechuria construida en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI). Ubicada en San Antonio de Cúa, calle José Maria Vargas, sector 3 La Laguna Jurisdicción del Municipio Urdaneta, del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por la Abogada MELBIN MARTINEZ DE GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.228. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-



LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI


EL SECRETARIO
Abg MANUEL GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-





EL SECRETARIO
Abg MANUEL GARCIA



AO/windy
Solicitud N° S-133