REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Visto el escrito de Pruebas presentado por el ciudadano EDUARDO J. MOYA TOTESAUT, abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.940, actuando en este acto como Apoderado Judicial de la parte demandada, ciudadano EDGAR EMILIO CHAPARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.546.364, respectivamente, el Tribunal ordena agregarlo a los autos a fin de que surtan sus efectos de Ley. En cuanto al Capitulo PRIMERO DE LA PRUEBA DOCUMENTAL: Promueve Contrato de Arrendamiento suscrito entre su representado ciudadano EDGAR EMILIO CHARARRO y la parte actora ciudadana MARIA ANGÉLICA BORGES HERNÁNDEZ, de fecha 29-06-04. Por cuanto la prueba no es ilegal, e impertinente SE ADMITE. En cuanto al Capitulo SEGUNDO DE LA PRUEBA DE INFORMES: En virtud de que por ante este Tribunal cursan las causas bajo los Nros Exp 172, 174, 175 y 176 las cuales contienen información referida a la prueba de informe solicitada, este Tribunal ordena expedir copia certificada del mismo y ordena agregarlas a los autos. Cúmplase.-
LA JUEZ.,
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA
AO/darma*
EXP N° 173-04