REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veinte y nueve (29) de Septiembre de dos mil cuatro (2.004).

194° y 145°

Por recibida la anterior demanda que por INTIMACIÓN ha interpuesto la abogado en ejercicio LLAIRA GOMEZ RICO, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.076, en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano RAFAEL EUGENIO GARCIA VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.280.093, contra los ciudadanos OLGA MIREYA PAEZ DE MARQUEZ y JOSÉ ANTONIO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 3.751.354 y 4.288.344 respectivamente, se le da entrada en el Libro de Causas bajo el N° 323-04, y por cuanto de la revisión de la misma se observa que la parte actora no señala los montos correspondientes a los intereses calculados al 5% y al sexto por ciento (1/6%) del valor de la cantidad demandada; en consecuencia este Tribunal se ABSTIENE de admitir la presente demanda hasta tanto la parte actora realice las correcciones a que hubiere lugar.
CÚMPLASE.-




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO, Abg. MANUEL GARCIA


AO/magaly
Exp. N° 323-04