REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Treinta (30) de Septiembre del año dos mil cuatro (2.004).-

194° y 145°



Visto el escrito de Prueba promovido por la parte actora, este Tribunal procede de la siguiente manera: En cuanto a las Pruebas Testimoniales: Por cuanto la misma no es ni ilegal ni impertinente se ADMITE en cuanto ha lugar en Derecho, en consecuencia este Tribunal ordena comisionar al Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, a quien se ordena remitir despacho junto con oficio, con la finalidad del que el mismo tenga a bien fijar oportunidad para que rinda declaración testimonial el ciudadano GUSTAVO DE LA CRUZ, titular de la cédula de identidad N°6.272.552. Referente a las testimoniales de los ciudadanos ALEJANDRO TOVAR, titular de la cédula de identidad N°5.114.349, JOSÉ JESÚS BLANCOS, titular de la cédula de identidad N°11.835.228 y ARTURO NINO BACCO titular de la cédula de identidad N° 6. 825.721 para la evacuación de la presente prueba se da comisión suficiente al Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, a quien se ordena remitir despacho junto con oficio, con la finalidad del que el mismo tenga a bien fijar oportunidad a los ciudadanos antes mencionados. CÚMPLASE.-





LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.

EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA




AO/darma*
EXP N° 101-04

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.-


Ocumare del Tuy, 30 de Septiembre de 2004
194° y 145°

OFICIO N°2004-442
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY
SU DESPACHO.

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (02) folios útiles, COMISION librada en el juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal DANIEL DE LA CRUZ GANDOLFI BRAVO contra LOURDES GUAITA DE GANDOLFI que se sustancia en el Expediente signado con el N° 101-04, a fin de que se sirva darle cumplimiento a la misma, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI


AO/darma*
Exp. N° 101-04







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.-


Ocumare del Tuy, 30 de Septiembre de 2004
194° y 145°

OFICIO N° 2004-443
CIUDADANA:
JUEZ DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN SANTA TERESA DEL TUY
SU DESPACHO.

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (02) folios útiles, COMISION librada en el juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal DANIEL DE LA CRUZ GANDOLFI BRAVO contra LOURDES GUAITA DE GANDOLFI que se sustancia en el Expediente signado con el N° 101-04, a fin de que se sirva darle cumplimiento a la misma, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.



LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI


AO/darma*
Exp. N° 101-04





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY

SE HACE SABER:
Que en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal, DANIEL DE LA CRUZ GANDOLFI BRAVO, titular de la cédula de identidad N° 2.585.253 contra LOURDES GUAITA DE GANDOLFI, titular de la cédula de identidad N° 3.235.428, que se sustancia en el Expediente signado con el N° 101-04, la parte actora ha promovido la prueba testimonial del ciudadano: GUSTAVO DE LA CRUZ, titular de la cédula de identidad N° 6.272.552, venezolano, mayor de edad, y domiciliado en Ocumare del Tuy, Estado Miranda, con el objeto de probar el trato entre los cónyuges y el abandono del hogar.
Que ha sido comisionado amplia y suficientemente en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarle oportunidad para que comparezca ante ese despacho y evacuar la testimonial respectiva.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial al abogado VICTOR M. RODRIGUEZ R, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.849.-
Que una vez cumplida la misma Ud, se servirá devolver original con sus resultas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Sede Ocumare del Tuy, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre de dos mil cuatro (2004). AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.- CUMPLASE.


LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA
AO/darma*
EXP.N°.101-04




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN SANTA TERESA DEL TUY

SE HACE SABER:

Que en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal, DANIEL DE LA CRUZ GANDOLFI BRAVO, titular de la cédula de identidad N° 2.585.253 contra LOURDES GUAITA DE GANDOLFI, titular de la cédula de identidad N° 3.235.428, que se sustancia en el Expediente signado con el N° 101-04, la parte actora ha promovido la prueba testimonial de los ciudadanos: ALEJANDRO TOVAR, titular de la cédula de identidad N°5.114.349, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Calle Sucre, Casa N° 01, Santa Teresa del Tuy, ciudadano: JOSÉ JESUS BLANCOS, titular de la cédula de identidad N° 11.835.228, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la calle Los Mamones, Casa N° 16, Sector Los Mamones, Santa Teresa del Tuy y el ciudadano: ARTURO NINO BACCO titular de la cédula de identidad N° 6.825.721, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Calle Santa Bárbara, Sector Dos Lagunas, Santa Teresa del Tuy, respectivamente con el objeto de probar el trato entre los cónyuges y el abandono del hogar.
Que ha sido comisionado amplia y suficientemente en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarle oportunidad para que comparezca ante ese despacho y evacuar las testimoniales respectivas.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial al abogado VICTOR M. RODRIGUEZ R, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.849.-
Que una vez cumplida la misma Ud, se servirá devolver original con sus resultas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Sede Ocumare del Tuy, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre de dos mil cuatro (2004). AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.- CUMPLASE.



LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI



EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA




AOdarma*
EXP.N°.101-04