REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, nueve (09) de Septiembre del dos mil cuatro (2004).-
194 y 145º


Por recibida la presente demanda interpuesta por el Abogado WILLMER HERNANDEZ LA ROSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.006, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana LUZ NIDIA ROMERO DE TOBARIA, titular de la cédula de identidad N° E- 82.120.253, por ACCION REIVINDICATORIA en contra del ciudadano RAMIRO ROMERO REYES, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°. E-81.395.137, se la da entrada en los libros de causas llevados por este despacho bajo el N° 302-04; y luego de una lectura pormenorizada de las actas que integran el expediente se evidencia que el valor de la demanda asciende a la cantidad de UN MILLON DE BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (BS. 1.000.000,oo), la cual es inferior a la cuantía por la cual es competente este Tribunal. En consecuencia se declina la competencia al Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa. Remítase con oficio.



LA JUEZ.,
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA



AO/ldb
Exp. Nro.302-04











REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LOCIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY


Ocumare del Tuy, 09 de Septiembre de 2004
194° y 145°


OFICIO N° 2004-409
CIUDADANA:
JUEZA DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN CUA.
SU DESPACHO.-



Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de Veintiocho (28) folios útiles, Expediente signado bajo el N° 302-04 (Nomenclatura de este Tribunal), contentivo del juicio que por ACCION REIVINDICATORIA es seguido por la ciudadana LUZ NIDIA ROMERO DE TOBARIA, titular de la cédula de identidad N° E- 82.120.253, contra del ciudadano RAMIRO ROMERO REYES, titular de la cédula de identidad N°. E-81.395.137.
Remisión que hace a los fines consiguientes.-




LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH








AO/ldb.
EXP. N° 302-04