REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de septiembre del dos mil cuatro.
194º y 145º
Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, tomé posesión del cargo como Jueza Temporal de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa y consignados como han sido los fotostatos, líbrese la boleta respectiva conforme a lo ordenado en el auto de admisión de fecha 01 de septiembre de 2003.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/LISBETH
Exp Nº 13883
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 13 de septiembre del 2004.-
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER
A la Fiscal 11º del Ministerio Publico, Dra. NELIDA VILLORIA, que se ha ordenado notificarle, en el procedimiento de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana ZULMA EFIGENIA SUAREZ RUIZ, signada bajo el Nº 13883, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe. A tal fin se le anexa copia certificada del escrito de solicitud y del auto de admisión.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificada por el Alguacil de este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA NOTIFICADA,
_________________
MJFT/lisbeth
Exp Nº 13883
La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 13883, contentivo de la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana ZULMA EFIGENIA SUAREZ RUIZ. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, trece (13) de septiembre del año dos mil cuatro (2004).-
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES