REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

194º y 145º
En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de septiembre de dos mil cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada en autos para que tenga lugar el acto de contestación a la demanda en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal en la forma legal, encontrándose presente la ciudadana GLORIFE DEL VALLE IBAÑEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 13.909.047, debidamente asistida por la abogada en ejercicio WUILLJANTZY Y. SANCHEZ PRADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 102.865, se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Publico no se encuentra presente, ni tampoco la parte demandada ni por sí ni mediante apoderado judicial. Seguidamente la parte actora expone: Insisto en la demanda tanto en los hechos como en el derecho. El Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, estima contradicha la demanda en todas y cada una de sus partes y se declara abierta a pruebas la causa, conforme a la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.


LA PARTE ACTORA Y SU
ABOGADA ASISTENTE,



LA SECRETARIA ACC.,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


MJFT/ag
Exp.No. 13978