REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
194º y 145º
SOLICITANTE: CARMEN ELIZABETH ZEPPENFELDT de LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-3.177.645.
APODERADO JUDICIAL: OSCAR HERNÁNDEZ GUZMAN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Número 6263.
EXPEDIENTE N º 14656
CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 21 de julio de 2004, se recibió la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por el abogado OSCAR HERNÁNDEZ GUZMÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 6263, Apoderado judicial de la ciudadana: CARMEN ELIZABETH ZEPPENFELDT de LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-3.177.645, la cual corre inserta bajo el N º 74 al folio 74, en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carrizal del Estado Miranda, durante el año: 2.003. Alegando que por error involuntario al momento de efectuar la inserción del Acta de Defunción del ciudadano LUIS ALFREDO ZEPPENFELDT PENSO, se incurrió en el error involuntario de que se insertó que el difunto era hijo de “…BETTY ANTICH…” siendo lo correcto “…CARMEN ELIZABETH PENSO ANTICH…”.
En fecha 20 de agosto de 2004, el Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 20 de agosto de 2004, se libró Boleta de Notificación al Fiscal Undécimo del Ministerio Público.
En fecha 06 de septiembre de 2004, fue notificada la Fiscal 11º del Ministerio Público, según consta de Boleta que ella firmó, la cual fue consignada en fecha 08 de septiembre de 2004, por el Alguacil del Tribunal.
En fecha 13 de septiembre de 2004, siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, compareciera a ser oposición a la solicitud, mediante diligencia esta manifestó no tener objeción que formular.
CAPITULO II
MOTIVA
Probado como ha sido lo alegado en autos y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declarará CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por el abogado OSCAR HERNÁNDEZ GUZMÁN, Apoderado judicial de la ciudadana: CARMEN ELIZABETH ZEPPENFELDT de LOPEZ, anteriormente identificados, ordena a el Director del Registro Civil de Personas y Electoral de la Alcaldía del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el Acta de Defunción del ciudadano: LUIS ALFREDO ZEPPENFELDT de LOPEZ, la cual corre inserta bajo el N º 74, al folio 74, durante el año dos mil tres (2003), a fin de donde dice: “…BETTY ANTICH…” debe decir: “…CARMEN ELIZABETH PENSO ANTICH…”.Todo ello en la dispositiva del presente fallo. Así se decide.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con vista a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por el abogado OSCAR HERNÁNDEZ GUZMÁN, Apoderado judicial de la ciudadana: CARMEN ELIZABETH ZEPPENFELDT de LOPEZ, anteriormente identificados, ordena a el Director del Registro Civil de Personas y Electoral de la Alcaldía del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el Acta de Defunción del ciudadano: LUIS ALFREDO ZEPPENFELDT de LOPEZ, la cual corre inserta bajo el N º 74, al folio 74, durante el año dos mil tres (2003), a fin de donde dice: “…BETTY ANTICH…” debe decir: “…CARMEN ELIZABETH PENSO ANTICH…”.
Expídanse por secretaria las copias certificadas a que haya menester a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes junto con oficio, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 1º de la Ley de Sellos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 Ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del dos mil cuatro (2004).-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia, siendo las 11 00 a.m.-
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Damelis
Exp Nº 14656
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