REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse MARIA NICOMEDES LOVERA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-6.457.25, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogada acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de (23) años. SEGUNDO: Si se y me consta que han construido a sus solas expensas, con dinero de su propio peculio, que se encuentra dividida: en dos plantas, la primera planta consta de cuarto habitaciones, sala, cocina comedor, cuatro baño, un lavandero, patio, porche; la segunda planta consta de un estudio, una habitación, un baño y sótano: dos habitaciones, un baño. TERCERO: Si se y me consta y puedo dar fe que han invertido la cantidad de 50.000.000,00 Millones de Bolívares, por que los conozco desde hace más de 23 años.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse MILDRED DE LOURDES CAMPOS ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-8.675.699, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogada acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de (23) años. SEGUNDO: Si se y me consta que han construido a sus solas expensas, con dinero de su propio peculio y que se encuentra dividida: en dos plantas, la primera planta consta de: cuarto habitaciones, sala, cocina comedor, cuatro baño, un lavandero, patio, porche; la segunda planta consta de un estudio, una habitación, un baño y sótano: dos habitaciones, un baño. TERCERO: Si se y me consta y puedo dar fe que han invertido la cantidad de 50.000.000,00 Millones de Bolívares, por que los conozco desde hace más de 23 años.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.
TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/nr.
Solicitud N° 20.404
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de septiembre de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden, y especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Subalterna de Registro del Municipio Autónomos Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el N° 38, Tomo 17, Protocolo Primero, de fecha 11 de marzo de 1983; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JESSICA DANIELA GUEVARA OROPEZA y JOSE RAFAEL GUEVARA OROPEZA venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.851.941 y V- 16.591.969 respectivamente, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/nr
Solicitud Nº 20-404