REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia suscrita en fecha 26 de agosto de 2004, por el abogado en ejercicio ROGER MENDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el pedimento en la misma contenida, en consecuencia me avoco al conocimiento de la presente causa, todo de conformidad con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo cual se fija un término de diez (10) días de despacho para su reanudación, después de notificada la parte demandada. Asimismo, se fijan tres (3) días de despacho para que las partes ejerzan el derecho de recusación si lo creyere conveniente, siguiente a la notificación de la parte demandada MARLENE JOSEFINA PRADO MARTINEZ, todo a tenor del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la continuación de la causa y en consecuencia se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Independencia del Estado Miranda, a objeto de que se sirva practicar la notificación antes referida. Líbrese boleta de notificación, remítase junto con despacho y oficio al Juzgado comisionado y déjese constancia de lo actuado.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.- LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Lisbeth
EXP. N° 10759
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 06 septiembre de 2004.
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUZGADO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y boleta de notificación librada en el Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue ante este Tribunal, el ciudadano CARMINE SAVARESE LAMONTE contra MARLENE JOSEFINA PRADO MARTINEZ, el cual se sustancia en el Expediente N° 10759, a fin de que se sirva practicar la notificación de la demandada, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
MJFT/Lisbeth
Exp. Nº. 10759
Anexo: Lo indicado.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA-
LOS TEQUES.
Los Teques, 06 de septiembre de 2004
194° y 145°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana MARLENE JOSEFINA PRADO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.070.798, y/o a su apoderado judicial abogado JUAN JOSE RIVERO CORDERO, parte demandada en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue en su contra el ciudadano CARMINE SAVARESE LOMONTE, que por auto de esta misma fecha, me AVOQUE al conocimiento de la presente causa, haciendo especial mención que una vez conste en autos su notificación, empezará a correr el lapso de diez (10) días de despacho establecidos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y que transcurrido dicho lapso empezará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho mencionado en el artículo 90 eiusdem, a los fines de la continuación de la presente causa.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
MJFT/Lisbeth
EXP.N° 10759
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue ante este Tribunal el ciudadano CARMINE SAVARESE LOMONTE contra la ciudadana MARLENE JOSEFINA PRADO MARTINEZ, que se sustancia en el Expediente N° 10759, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación del avocamiento de la Jueza, a la parte demandada, ciudadana, MARLENE JOSEFINA PRADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.070.798, y/o a su apoderado judicial abogado JUAN JOSE RIVERO CORDERO, y a tal efecto se le remite la boleta librada.-
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial al abogado en ejercicio ROGER MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.989.
Que la parte demandada tiene como apoderado judicial al abogado en ejercicio JUAN JOSE RIVERO CORDERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°19.772.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los seis (06) días del mes de septiembre del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Lisbeth
Exp. Nº 10759