REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las diligencias que anteceden de fechas 24 y 31 del mes próximo pasado, suscrita por la abogada en ejercicio ANA SANTANDER ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 53.497, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual entre otras cosas, solicita al Tribunal se pronuncie sobre la necesidad o no de notificación del avocamiento producido en fecha 26 de agosto de 2004, a la parte demandada a los fines de comenzar a correr o no el lapso para apelación, y a todo evento apela de la sentencia dictada en fecha 15 de julio de 2004, al respecto este Tribunal observa: 1°) En lo que respecta al primer punto este Tribunal hace del conocimiento a la parte diligenciante que no se hace necesario la notificación de la parte demandada, del avocamiento de la Jueza Temporal designada toda vez que la causa no se encuentra ni paralizada, ni en etapa de sentencia, esto por una parte, y por la otra que el lapso para ejercer el recurso ordinario de apelación comienza a transcurrir una vez conste en autos la última notificación de las partes intervinientes. 2°) En lo que respecta a la apelación interpuesta por la mencionada profesional del derecho, este Tribunal por cuanto observa que dicho recurso fue ejercido oportunamente, se admite dicha apelación y se OYE EN AMBOS EFECTOS, razón por la cual se ordena remitir el presente expediente original junto con oficio al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 290 y 294 del Código de Procedimiento Civil. Remítase expediente junto con oficio al Tribunal de Alzada y déjese constancia de lo actuado.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag
Exp.No. 10879

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.
Los Teques, 06 de septiembre de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN LOS TEQUES.
SU DESPACHO.

Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir adjunto al presente oficio, expediente original signado con el No. 10879, contentivo del Juicio que por REIVINDICACION siguen ante este Tribunal los ciudadanos CARMEN MERCEDES DIAZ ASCANIO, GABRIEL EDUARDO DIAZ ASCANIO, BALNCA ROSA DIAZ DE HERNANDEZ, MARIA HELENA DIAZ DE HERNANDEZ contra los ciudadanos JORGE DENIS MACIEL QUINTAL, CESAR AUGUSTO GOMEZ AROCHA y EDGAR REFUGIO PADRON TOLEDO, constante la primera pieza de (265) folios útiles; la segunda pieza constante de (257) folios útiles; la tercera pieza constante de (233) folios útiles; la cuarta pieza constante de (273) folios útiles; la quinta pieza constante de (258) folios útiles; la sexta pieza constante de (126) folios útiles; y el cuaderno de medidas constante de (2) folios útiles.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.