REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado NELSON MONTOYA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita al Tribunal se sirva practicar computo de los días transcurridos en el lapso de promoción de pruebas, este Tribunal al respecto observa: El computo de los términos o lapsos procesales puede realizarlos el Tribunal bien de oficio o bien a solicitud de la parte interesada, siempre y cuando ésta última especifique las fechas dentro de las cuales deba practicarse el mismo. Ahora bien, en el caso de autos se observa que la parte solicitante no señala de manera específica los días sobre los cuales deberá practicarse el computo solicito, motivo por el cual este Tribunal se abstiene de practicar el mismo, hasta tanto la parte interesada especifique las fechas dentro de las cuales se practicara por secretaría el computo solicitado y así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
EXP N° 11498
MJFT/Jenny.-