REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 06 de septiembre de dos mil cuatro.
194º y 145º

Vista la diligencia de fecha 27 de agosto del año en curso, suscrita por la abogada YASMINI ZAMBRANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante el cual solicita se practique cómputo por secretaría de los días de continuos transcurridos entre el 02-06-2004, exclusive, hasta el día 27-08-2004, inclusive; y se practique la citación de la Alcaldía del Municipio Los Salias; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, expídase por secretaría el computo de los días continuos transcurridos en este Tribunal señalados anteriormente y líbrese la boleta de citación correspondiente.- CUMPLASE
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

La suscrita secretaria acc. del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. CERTIFICA QUE: que desde el día 02-06-2004, exclusive, hasta el día 27-08-2004, inclusive; transcurrieron en este Tribunal un total de 86 días de continuos. En Los Teques, 06 días de septiembre de 2004.

LA SECRETARIA ACC.

MJFT/rosa*
Exp.Nº13677


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 06 de septiembre de 2004
194º y 145º

BOLETA DE CITACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano: JUAN FERNÁNDEZ MORALES, en su carácter de ALCALDE del MUNICIPIO LOS SALIAS DEL ESTADO MIRANDA, que deberá comparecer por ante éste Tribunal transcurridos como sean los cuarenta y cinco (45) días continuos a que se refiere el articulo 103 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, siguientes a la constancia en autos de su citación y dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al vencimiento de dicho lapso y a cualquier hora de las fijadas para el despacho, comprendidas entre las 8:30 hasta la 1:30 p.m.; a fin de que conteste la CITA, interpuesta en su contra por la Sociedad Mercantil denominada: INVERSIONES LOS ALTOS C.A., en el juicio de ACCION REIVINDICATORIA, que siguen por ante éste Tribunal los ciudadanos: BETTY MARGARITA OSAL LORENZO, DULCE CAROLINA OSAL LORENZO, CARLOS JOSE OSAL ROSALES, FRANCISCO DE PAULA OSAL ROSALES y APOLINAR VALENTIN OSAL LORENZO, contra las Sociedades Mercantiles DEL CAMPO A SUS MANOS II, C.A. y FRUTERIA LUNCHERIA VALENTE FREITAS Y RODRÍGUEZ MI CABAÑA, C.A., el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº13677. Asimismo se le notifica que la causa quedó suspendida a partir de la fecha 02-06-2004, exclusive, por noventa (90) días, (continuos) dentro de la cual debían realizarse todas las citas y sus contestaciones, ello de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 386 ibidem.





Dará recibo al alguacil del Tribunal, en prueba de haber quedado debidamente citado, con indicación del día y hora.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp. Nº13677




























La suscrita secretaria acc., del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CERTIFICA QUE: los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exactos de sus originales, que corresponde al expediente signado con el Nº13677 contentivo del juicio de ACCION REIVINDICATORIA, que siguen por ante éste Tribunal los ciudadanos: BETTY MARGARITA OSAL LORENZO, DULCE CAROLINA OSAL LORENZO, CARLOS JOSE OSAL ROSALES, FRANCISCO DE PAULA OSAL ROSALES y APOLINAR VALENTIN OSAL LORENZO, contra las Sociedades Mercantiles DEL CAMPO A SUS MANOS II, C.A. y FRUTERIA LUNCHERIA VALENTE FREITAS Y RODRÍGUEZ MI CABAÑA, C.A., los cuales fueron autorizados por el juez de este Tribunal mediante auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, 06 de septiembre de 2004.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES