REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Vista la diligencia anterior, de fecha 31 de agosto de 2004, estampada por la abogada en ejercicio ALICIA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.602, en su carácter de autos, mediante la cual consigna los fotostatos respectivos, a los fines de librar las compulsas a la parte demandada, este Tribunal ordena librar las compulsas acordadas en el auto de admisión dictado en fecha 25 de junio de 2004.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Lisbeth
Exp. Nº 14560
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 14560 contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO COMERCIO RESIDENCIAL YATI contra los ciudadanos PASCUAL AMADO MARTINEZ TOLEDO Y EDILIA VICTORIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE MARTINEZ. Los cuales fueron autorizados por la Jueza Temporal de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, seis (06) de septiembre del dos mil cuatro.-
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre del dos mil cuatro.
194º y 145º
SE HACE SABER: Al ciudadanos PASCUAL AMADO MARTINEZ TOLEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-280.219 parte co-demandada el juicio de COBRO DE BOLIVARES siguen en su contra JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO COMERCIO RESIDENCIAL YATI, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/lisbeth
Exp Nº 14560
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 14560 contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO COMERCIO RESIDENCIAL YATI contra los ciudadanos PASCUAL AMADO MARTINEZ TOLEDO Y EDILIA VICTORIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE MARTINEZ. Los cuales fueron autorizados por la Jueza Temporal de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, seis (06) de septiembre del dos mil cuatro.-
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre del dos mil cuatro.
194º y 145º
SE HACE SABER: A la ciudadana EDILIA VICTORIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-955.598 parte co-demandada el juicio de COBRO DE BOLIVARES siguen en su contra JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO COMERCIO RESIDENCIAL YATI, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/lisbeth
Exp Nº 14560