REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado NELSON E. GUEVARA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual consigna las copias respectivas a los fines de librar las compulsas e igualmente solicita se comisione para la citación de la parte demandada al Juzgado del Municipio Brión, del mismo modo solicitó sea designado correo especial a los fines de gestionar el traslado de la misma, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia: PRIMERO: Se ordena librar la respectiva compulsa, ordenada en el auto de admisión de fecha 20 de agosto de 2004; SEGUNDO: Para la practica de la citación del demandado de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Brión y Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Higuerote, a quien se ordena remitir despacho junto con oficio y TERCERO: Se designa correo especial al abogado NELSON E. GUEVARA conforme a lo establecido en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que haga entrega de la compulsa en el Juzgado de los Municipios Brión y Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Higuerote y déjese cconstancia de lo actuado.CUMPLASE.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
EXP N° 14631
MJFT/Jenny.-
La suscrita Abog. OMAIRA DIAZ DE SOLARES, Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan en el Expediente N° 14631 en el juicio que por DAÑOS MORALES es seguido por la ciudadana EVELY REUQENA MAYO contra el ciudadano ANDRES RAMON MARTINEZ SANZ. Certificación que se le hace de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
SE HACE SABER: Al ciudadano ANDRES RAMON MARTINEZ SANZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.630.054 y domiciliado en: Carretera Nacional, Sector Gamelotal, primera entrada vía la redoma diagonal al estadium, Parroquia Tacarigua del Municipio Brión del Estado Miranda, que deberá comparecer por ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, más un (01) día como termino de la distancia que se le concede, con el objeto de que de CONTESTACION A LA DEMANDA incoada en su contra por la ciudadana EVELY REQUENA MAYO, dentro de las horas destinadas al despacho de 8:30 a.m a 1:30 p.m.. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la citación acordada, como prueba de haber sido citado.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
EXP N° 14631
MJFT/Jenny.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRION Y BUROZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN HIGUEROTE
SE HACE SABER:
Que en el Juicio que por DAÑOS MORALES sigue por ante este Tribunal la ciudadana EVELY REQUENA MAYO contra el ciudadano ANDRES RAMON MARTINEZ SANZ, que se sustancia en el Expediente No.14631, Usted por auto de esta misma fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, ha sido amplia y suficientemente comisionado para practicar la citación del mencionado ciudadano y a tal efecto se le remite la compulsa librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como Apoderado Judicial al abogado en ejercicio NELSON E. GUEVARA CH., titular de la Cédula de Identidad N° 5.514.190 e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 72.053.-
Que la parte demandada no tiene Apoderados Judiciales debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma Usted, se servirá devolver original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, a los seis (06) días del mes de septiembre de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Jenny
Exp. Nº.14631
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN
LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES.-
Los Teques, 06 de septiembre de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855/_______
CIUDADANO:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRION Y BUROZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CON SEDE EN HIGUEROTE.-
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y compulsa, librada en el Juicio que por DAÑOS MORALES interpuso la ciudadana EVELY REQUENA MAYO contra el ciudadano ANDRES RAMON MARTINEZ SANZ el cual se sustancia en el Expediente No.14631 (Nomenclatura de este Tribunal) a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual ha sido amplia y suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma, se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
MJFT/Jenny
Exp. Nº. 14631