REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de septiembre del año dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la anterior demanda y sus recaudos, recibida del sistema de distribución de causas y correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal, presentada por la ciudadana MAYERLIN DAMIRA ORTEGA LABRADOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-12.756.990, debidamente asistida por el abogado FRANCISCO DUQUE, désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el N º 14713 y por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley y se encuentra fundada en la causal establecida en el Articulo l85-A del Código Civil, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Cítese a el cónyuge FREDDY RAFAEL CASTILLEJO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-6.430.845, para que comparezca ante este Tribunal al TERCER día después de citado mas (l) día de termino de distancia que se le concede para que exponga lo que considere conveniente en relación al contenido de la solicitud. De conformidad con el Articulo 132 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico, mediante boleta y copia certificada anexa de la solicitud, para que dentro de los diez (l0) días siguientes a su notificación haga uso del derecho a la oposición. Compulsase la solicitud y con el auto de comparecencia al pie, a los fines de que el Alguacil de este Tribunal practique la citación correspondiente. Líbrese boleta.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado, por cuanto no fueron consignados los fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA ACC.,
EXP Nº 14713
MJFT/Damelis.