REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-


194° y 145°


Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, la Doctora MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS, en su carácter de Juez Temporal de este Despacho, tomó posesión formal del cargo, se avoca al conocimiento de la presente causa y vista la diligencia que antecede de fecha 01 de los corrientes, suscrita por el abogado AUGUSTO MATERAN RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.832, mediante la cual solicita sea corregido el cartel de remate expedido en fecha 16 de junio de 2004, en el sentido de que donde dice que FABI SERBELLI BRUNO y MARIA LAURA VARELA NUÑEZ, le pertenece el inmueble según consta de documento autenticado por ante la Notaria Pública del Municipio Guaicaipuro en fecha 17 de noviembre de 1997, bajo el N° 48, Tomo 119, siendo lo correcto por ante la Oficina Subalterna del Registro Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 10 de Diciembre de 1997, bajo el N° 43, Protocolo 1°, Tomo 21. Ahora bien el Tribunal a los fines de corregir dicho error: Deja sin efecto el cartel de remate librado en fecha 16 de junio de 2004, en el sentido de que donde dice que FABI SERBELLI BRUNO y MARIA LAURA VARELA NUÑEZ, le pertenece el inmueble según consta de documento autenticado por ante la Notaria Pública del Municipio Guaicaipuro en fecha 17 de noviembre de 1997, bajo el N° 48, Tomo 119, siendo lo correcto por ante la Oficina Subalterna del Registro Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 10 de Diciembre de 1997, bajo el N° 43, Protocolo 1°, Tomo 21 y ordena librar nuevamente Primer Cartel de Remate de conformidad con lo establecido en los artículos 551 y 522 del Código de Procedimiento Civil, el cual deberá ser publicado en los diarios El Nacional y La Región. Líbrese Primer Cartel de remate y déjese constancia de lo actuado. Deja sin efecto el Cartel librado en fecha 16/06/04. Cúmplase.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA ACC,


MJFT/nr
EXP. N° 999938














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de septiembre de dos mil cuatro (2004).-

194 º y 145º
PRIMER CARTEL DE REMATE
SE HACE SABER:

A la ciudadana VARELA NUÑEZ MARIA LAURA, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V- V-6.857.408, parte demandada en el Juicio que por PARTICION DE BIENES DE COMUNIDAD CONYUGAL, le sigue ante este Tribunal el ciudadano FABI SERBELLI BRUNO y que se sustancia en el expediente No.999938, será sacado a remate en la Sala de Despacho de este Tribunal, a las 10:00 a.m., del DECIMO DIA de despacho siguiente a la publicación y consignación que del Cartel se haga en auto, el siguiente bien inmueble: Un apartamento, signado con el N° 9-A-7, ubicado en el piso 9 del Edificio “a”, conocido como “Roma” del Conjunto Residencial El Encanto, situado en la ciudad de Los Teques, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, con una superficie de aproximadamente 80 metros cuadrados, alinderado por el NORTE: En parte con apartamento N° 9-A-5, en parte con foso de ascensores y en parte con pasillo de circulación de la planta; SUR: con la fachada posterior interna del edificio; ESTE: en parte con foso de ascensores y en parte con pasillo de circulación y OESTE: con la fachada oeste del edificio. Le pertenece un puesto de estacionamiento distinguido con el N° 318, ubicado en la planta baja del edificio y un porcentaje de condominio sobre las cosas comunes del conjunto residencial de 0,2128%, propiedad de los ciudadanos FABI SERBELLI BRUNO y MARIA LAURA VARELA NUÑEZ, según consta de documento Registrado por ante la Oficina Subalterna del Registro Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 10 de Diciembre de 1997, bajo el N° 43, Protocolo 1°, Tomo 21.
Que sobre el inmueble antes identificado no pesa ningún gravamen hipotecario y no ha sido decretada ninguna medida.
Que para mayor información deberá acudir ante el Secretario de este Despacho, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m., a 1:30 p.m.
El presente Cartel deberá ser publicado en los diarios EL NACIONAL Y LA REGION conforme a lo establecido en el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


MJFT/nr
EXP. N° 999938