REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 07 de septiembre de dos mil cuatro.
194º y 145º
Vista la diligencia anterior, suscrita por el ciudadano ALEJANDO BUSTAMANTE, parte actora en el presente juicio, asistido de abogado, mediante la cual solicita el avocamiento de la juez; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto en fecha 03-08-2004, la DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T., tomó posesión del cargo como JUEZ TEMPORAL de este Tribunal, se avoca al conocimiento de la presente causa y ordena la notificación de la parte demandada del avocamiento, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.- LIBRESE BOLETA
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA D. DE SOLARES
NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA ACC.
MJFT/rosa*
Exp.Nº10930
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 07 de septiembre de 2004
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ALCADIA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA, en la persona del SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL, parte demandada en el juicio de DAÑOS MATERIALES Y MORALES, interpuesto por el ciudadano: ALEJANDRO LUCIANO BUSTAMANTE, el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº10930, (nomenclatura de este Tribunal), que en fecha 03 de agosto 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, y en fecha de hoy me avoqué al conocimiento de la causa y se ordenó su notificación, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp. Nº10930