REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) septiembre de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZ TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse TOMAS JOSE GARCES MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-3.230.603, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de (30) años. SEGUNDO: Si se y me consta que han construido a sus solas expensas, con dinero de su propio peculio, una bienhechuria y se encuentra dividida en tres habitaciones, una cocina, un baño con sus accesorios, una sala, un comedor, dos puertas de hierro, paredes de bloque y frisadas, piso de cemento. TERCERO: Si y puedo dar fe que invirtió la cantidad de 3.000.000,00 Millones de Bolívares, porque somos vecinos de hace muchos años. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/NR
Solicitud N° 20350

-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse YUSMELY YAMILKA GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-11.484.067, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hace más de (15) años. SEGUNDO: Si se y me consta que han construido a sus solas expensas, con dinero de su propio peculio, una bienhechuria y se encuentra dividida en tres habitaciones, una cocina, un baño con sus accesorios, una sala, un comedor, dos puertas de hierro, paredes de bloque y frisadas, piso de cemento. TERCERO: Si y puedo dar fe que invirtió la cantidad de 3.000.000,00 Millones de Bolívares, porque somos vecinos desde hace mucho tiempo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.

TESTIGO



LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MF/nr.
Solicitud N° 20.350













JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) septiembre de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, y especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Zamora del Estado Miranda, de fecha 30 de abril de 2002, bajo el N° 34, folio 217, Protocolo Primero, Tomo 06; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos EDDY RUBEN ROSAS CASTRO, MILAGROS DEL VALLE ROSAS JAIME y LIZANDRA KATIUSCA ROSAS JAIMES, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros V-11.487.779, V-14.330.427 y V-10.099.724, respectivamente, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-

LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/nr
Solicitud Nº 20-350