REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDIACIAL PENAL DE ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Oída la exposición del Ministerio Público en la cual solicitó se prosiga por el procedimiento ordinario y la libertad plena todo de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y vista la solicitud realizada por la defensa en cuanto se adhiere a la solicita por el Representante Fiscal y se ordene la averiguación en cuanto a la detención ilegitima de su representado, este Tribunal a los fines de decidir observa que no se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 44 numeral 1° Penal la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , así como tampoco lo establecido en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal, en concordancia con lo establecido en el articulo 7 numeral 1 de la Convención Americana de los Derechos del Hombre, Pacto de San José de Costa Rica; a tal efecto se acuerda la nulidad absoluta de la detención del Ciudadano VERGARA ALVARADO ARTURO; titular de la cédula de identidad: V-04.055.068, en consecuencia se ordena la inmediata libertad del supramencionado ciudadano.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente a los fines de que acuerde abrir los procedimientos respectivos a los funcionarios aprehensores. Y en virtud de la denuncia realizada por el ciudadano DABOIN OROPEZA ANDRES JOSE, se le solicita al Ministerio Público prosiga con las investigaciones y una vez que culmine con las mismas presente su respectivo acto conclusivo.
Quedan las partes debidamente notificadas conforme lo establece el articulo 175 del Código Orgánico procesal Penal
Regístrese, Publíquese, Diaricese y déjese copia.
JUEZ PRIMERA DE CONTROL

EDITH DELGADO F.
LA SECRETARIA

ELIZABETH ATALLAH
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

ELIZABETH ATALLAH

ACT: N° 1C-39582-04
EDF/.-