REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida solicitada por la Dra. Maritza Materán en su carácter de defensora pública de los imputados TORRES PEÑA JOSÉ DAVID Y ENRIQUE RIVAS DURBAI JOSÉ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.825.063 Y 16.590.153, respectivamente, y se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad prevista en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese, Diarícese y notifíquese a las partes la presente decisión.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL
EDITH DELGADO F.
LA SECRETARIA
DORCY OSVAIRA GONZALEZ

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
EDF/DOG/jpc.-
Causa N° 1C-33802-04