REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todos los razonamiento antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, NIEGA la solicitud de SUSTITUCION DE LA MEDIDA CAUTELAR interpuesta por la Dra. ADRIANA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora del ciudadano EDWIN SALVADOR VELASQUEZ MIJARES, titular de la cédula de identidad N° 15.325.566, todo de conformidad con los artículos 250, 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y así se declara.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese a las partes.
El Juez
CHARBEL RAFFOUL
La Secretaria
MARLUIZOR GARCIA MENA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
La Secretaria
MARLUIZOR GARCIA MENA
Causa N° 2C-26348-03
CHR/MGM/angela.-