REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley; emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Acuerda Ampliar el régimen de prueba por el plazo de un (01) año más, contado a partir de la presente fecha; a la ciudadana Blanco Eliana del Valle, titular de la cédula de identidad Nº V-11.845.418; en relación a la Suspensión Condicional del Proceso que le fuere otorgada por éste Tribunal en fecha 22/05/2002; de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del artículo 41 del reformado Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo contemplado en el artículo 553 de la vigente norma adjetiva penal. SEGUNDO: Durante el plazo de ampliación del régimen de prueba, la mencionada imputada, deberá dar cabal cumplimiento a las condiciones de la Suspensión Condicional del Proceso, en los términos señalados en el contenido del presente fallo.
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3


Dra. Rosa Elena Rael Mendoza

La Secretaria


Abg. Alma Monsalve de Fuenmayor

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

La Secretaria


Abg. Alma Monsalve de Fuenmayor


Act: N° 3C-7550-02
RER/rer.