REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud de Revisión de Medida interpuesta por la Defensa Pública, Dra. Mirna Yépez, en relación al imputado Rodríguez Hidalgo Franklin Ali, respecto al cual cursa causa signada bajo el Nº 3C37722-04; a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ratifica la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta por éste Tribunal en fecha 27/08/2004; al ciudadano Rodríguez Hidalgo Franklin Ali, titular de la cédula de identidad N° V-12.729.960; ello a los fines de garantizar la sujeción del imputado a los actos del proceso; por considerar que se mantienen incólumes los supuestos establecidos en el parágrafo segundo del artículo 250 y 251 numeral 1 ejusdem; que sirvieron de sustento al momento de revocar la medida cautelar sustitutiva de libertad, otorgada en fecha 10/08/2004; motivo por el cual se mantiene detenido en la sede del Internado Judicial de la ciudad de Los Teques.
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.
Líbrese boleta de traslado, a fin de imponer al imputado del contenido del presente fallo.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control Nº 3


Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria


Abg. Alma Monsalve De Fuenmayor

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-

La Secretaria


Abg. Alma Monsalve De Fuenmayor



Causa: 3C-37722-04
RERM/rer