REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 22 de Septiembre de 2.004
194º y 145º


Visto el escrito presentado por la Abogada NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, Defensora Pública del imputado VICTOR MANUEL GRUBER MORALES, Cédula de Identidad N° 15.912.389; mediante el cual solicita el cese de la medida de presentación impuesta a su defendido. A tales efectos, este Tribunal observa:

En fecha 09 de Febrero del corriente año el ciudadano Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, presentó ante éste organismo jurisdiccional al ciudadano VICTOR MANUEL GRUBER MORALES, por haber sido aprehendido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que aparecen explanadas en el Acta de Audiencia oral levantada al efecto; acordándose en dicha oportunidad imponerle al imputado la medida cautelar prevista en el ordinal 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación periódica del imputado ante éste Tribunal y por ante la Fiscalia actuante cada ocho (08) días; observándose al efecto, que el mencionado ciudadano han dado estricto cumplimiento a la misma, todo lo cual queda reflejado en el folio 48 del Libro de Presentaciones llevados por el Tribunal; por lo que considera quien aquí decide que habiendo transcurrido un lapso superior a lo seis (06) meses sin que la representación Fiscal haya presentado acto conclusivo alguno, y cumplida como fue la medida cautelar por parte del imputado, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud formulada por la Defensora Pública, y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por la Abogada NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano VICTOR MANUEL GRUBER MORALES, Cédula de Identidad N° 15.912.389; en consecuencia, se ordena el cese de la medida cautelar de presentación impuesta al mismo mediante decisión emitida el 09 de Febrero del corriente año, y a tal efecto, se ordena colocar la correspondiente nota en el Libro de Presentaciones. Notifíquese a las partes. Cúmplase con lo ordenado.-
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
El Secretario

EDUARDO SANCHEZ
En esta misma fecha se público, y se libraron las correspondientes notificaciones.-

El Secretario

EDUARDO SANCHEZ
JGHL/ES/alex
Causa N° 4C-29458/04