REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida Cautelar de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesta por la Abogada Defensora Pública, NANCY RODRIGUEZ, a favor de su defendido del Ciudadano VERENZUELA JOSE ENRIQUE Venezolano, mayor de edad, Títular de la Cédula de Identidad N° 12.419.937, de profesión u oficio Indefinido, y residenciado en Barrio Las Nieves, callejón los flores, primera escalera, casa s&/n, cerca de la escuela Isaura Correa, Las Adjuntas Caracas, Distrito Capital. Y ASI SE DECLARA. Publiquese y notifíquese a las partes la presente decisión, y líbrese traslado.
LA JUEZ SUPLENTE QUINTO DE CONTROL
DRA. YEMILE RODRIGUEZ SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABG. ANA CAPOTE CALERO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
ABG. ANA CAPOTE CALERO
EXP.32586-04