REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES
NRO. DE EXPEDIENTE
1U839/04
DELITO
Apropiación Indebida
TITULO DE LA DECISIÓN
Inadmisibilidad de Acusación Privada
FECHA DE PUBLICACIÓN
20/09/2004
PROCEDIMIENTO
PARTES
PRETENDIDO QUERELLANTE: AUDIO GALUE
ABOG. ASISTENTE: ADELSO ENRIQUE POLANCO
RESUMEN DE LA DISPOSITIVA DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 405 del Código Orgánico Procesal Penal, INADMISIBLE, la acusación interpuesta, por el ciudadano AUDIO GALUE, quien es venezolano, mayor de edad con Cédula de Identidad N° 6.458.877, en contra de los ciudadanos CARLOS SEIJAS Y CARLOS JOSE SEIJAS ZABALA, quienes son venezolanos, mayores de edad, con Cédulas de Identidad Nos. 15.368.900 y 3.254.532, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Caracas, Urbanización Monte Piedad, casa N° 8. Municipio Libertador del Distrito Capital; ello por cuanto el hecho acusado versa sobre hechos punible de acción pública y tales casos la acción debe iniciarse, sólo a instancia del Ministerio Público.
Diarícese, Publíquese y Notifíquese.
DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA
LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE LUIS CHAPARRO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE LUIS CHAPARRO
Act. 1U-839-04