REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES


NRO. DE EXPEDIENTE

1U839/04

DELITO

Apropiación Indebida

TITULO DE LA DECISIÓN

Inadmisibilidad de Acusación Privada

FECHA DE PUBLICACIÓN
20/09/2004


PROCEDIMIENTO



PARTES








PRETENDIDO QUERELLANTE: AUDIO GALUE


ABOG. ASISTENTE: ADELSO ENRIQUE POLANCO
















RESUMEN DE LA DISPOSITIVA DISPOSITIVA

Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 405 del Código Orgánico Procesal Penal, INADMISIBLE, la acusación interpuesta, por el ciudadano AUDIO GALUE, quien es venezolano, mayor de edad con Cédula de Identidad N° 6.458.877, en contra de los ciudadanos CARLOS SEIJAS Y CARLOS JOSE SEIJAS ZABALA, quienes son venezolanos, mayores de edad, con Cédulas de Identidad Nos. 15.368.900 y 3.254.532, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Caracas, Urbanización Monte Piedad, casa N° 8. Municipio Libertador del Distrito Capital; ello por cuanto el hecho acusado versa sobre hechos punible de acción pública y tales casos la acción debe iniciarse, sólo a instancia del Ministerio Público.
Diarícese, Publíquese y Notifíquese.


DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA
LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO


EL SECRETARIO


ABOG. JOSE LUIS CHAPARRO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado



EL SECRETARIO


ABOG. JOSE LUIS CHAPARRO

Act. 1U-839-04