REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 17de Septiembre de 2004
194º y 145º

ACTUACION NRO. 3M836-04

JUEZ: JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ.

SECRETARIA: CAROLINA VENTO GARCIA.


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

FISCAL: Dr. ORLANDO PADRON, Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques.

VICTIMAS: HEIDELBERTG ADRIAN ROJAS ECHEVERIA y DIEGO MANUEL FIGUEROA MEREDANO.

ACUSADOS: GOYA GRATEROL ANTHONY JESUS, de Nacionalidad: venezolano, de 19 años de edad, Lugar de Nacimiento: Los Teques, Estado Miranda, Profesión u oficio: Ayudante, de4 estado civil soltero, Hijo de Zoraida Graterol (V) y Alejandro Goya (F), Residenciado en: Barrio El Nacional, parte baja, Sector la Reja, casa de color amarillo, Nro. 27, frente a la bodega, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad: V.- 17.532.298, LUIS ALFREDO TOVAR, de Nacionalidad: venezolano, de 18 años de edad, Lugar de Nacimiento: Los Teques, Estado Miranda, Profesión u oficio: indefinida, Estado civil: soltero, Hijo de FANNY LETICIA TOVAR (V) y Padre desconocido, Residenciado en: Barrio El Nacional, parte baja, Sector la Reja, Diagonal a la Bodega Nueva, casa de color Blanco, s/n, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad: V.- 20.411.906; QUINTANA MARTINEZ EDUARDO JOSE y de Nacionalidad: venezolano, de 22 años de edad, Lugar de Nacimiento: Caracas, Distrito Capital, Profesión u oficio: Obrero, Hijo de Rosa Martínez (V) y Eduardo Quintana (V), Residenciado en: El Nacional parte baja, Sector Las Los Mangos, Calle Principal, casa Nro. 24, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad: V.- 16.030.326, LEON CARVAJAL CARLOS EDUARDO, de de Nacionalidad: venezolano, de 22 años de edad, Lugar de Nacimiento: Caracas, Distrito Capital, Profesión u oficio: Comerciante Informal, Hijo de Sara Josefina Carvajal (V) y Julio León (V), Residenciado en: El nacional parte baja, Sector Las Terrazas, primer Callejón, casa Nro. 87, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad: V.- 16.526.253.

DEFENSA PÚBLICA: DRA. JEANNETTE RODRIGUEZ, Defensora Pública Penal adscrita al Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques.

DEFENSA PRIVADA: DRES. ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL e IRACK MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 32.732 y 83.875, respectivamente.

Siendo la oportunidad legal correspondiente a los fines que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Constitución del Tribunal Mixto, en la presente causa seguida en contra de los acusados GOYA GRATEROL ANTHONY JESUS, LUIS ALFREDO TOVAR, QUINTANA MARTINEZ EDUARDO JOSE y LEON CARVAJAL CARLOS EDUARDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la que habrá de resolverse sobre las Inhibiciones, recusaciones o impedimentos que pudieren presentar las partes y las Excusas de los Escabinos, este Tribunal observa:

Se procedió a verificar la presencia de las partes, constatándose que se encontraban presentes el DR. ORLANDO PADRON, Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, la DRA. JEANNETTE RODRIGUEZ QUINTERO, en su carácter de Defensora Pública Penal de los acusados LEON CARVAJAL CARLOS EDUARDO y LUIS ALFREDO TOVAR, el ABG. IRACK JESUS MARQUEZ, en su carácter de Defensor Privado del acusado QUINTANA EDUARDO, los acusados GOYA GRATEROL ANTHONY JESUS, LUIS ALFREDO TOVAR, QUINTANA MARTINEZ EDUARDO JOSE y LEON CARVAJAL CARLOS EDUARDO, previo traslado del Internado Judicial de Los Teques, no encontrándose presentes no asistiendo los Escabinos seleccionados, de los cuales se deja constancia que fueron efectivamente citados tres de ellos, de los cuales dos de ellos presentaron excusa, una por ser Funcionario del Poder Judicial y la otra por cuanto se encuentra en etapa de post parto, ni la DRA. ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL, en su carácter de Defensora Privada del acusado GOYA ANTHONY, ni los demás Escabinos seleccionados, en consecuencia visto que no hicieron acto de presencia todos los escabinos que fueron seleccionados se procedió a verificar en las actas que conforman el presente expediente, a los fines de constatar si los funcionarios adscritos a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hicieron efectivas las Boletas de Citaciones, libradas por este Tribunal, y se constató de acuerdo a las actas levantadas por los mismos que:

1.- En cuanto a la ciudadana BELMONTES RONDON NOELIA DEL CARMEN, se negaron a recibirla.

2.- En cuanto a la ciudadana BASTARDO YARIVIT JOSEFINA, ya no vive en la dirección suministrada.

3.- En cuanto al ciudadano CAMEJO MORALES CARLOS ENRIQUE, la dirección suministrada no se ubico.

4.- En cuanto la ciudadana SANCHEZ BECERRA CARMEN VICTORIA, no vive en la dirección suministrada.

En tal sentido, se pude colegir que resulta imposible proceder a la Constitución del Tribunal Mixto, debido a que gran parte de los ciudadanos seleccionados, no han podido ser localizados, bien porque la dirección no corresponde o debido a que ya han cambiado de dirección de habitación.

Así las cosas, el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, establece la forma en que se integrará el Tribunal Mixto, disponiendo:

“…El tribunal mixto se compondrá de un Juez profesional, quien actuará como Juez Presidente, y de dos escabinos. Si por la naturaleza o complejidad del caso, se estima que el juicio se prolongará extraordinariamente, se designará junto con los titulares a un suplente, siguiendo el orden de la lista y aplicando las reglas previstas para el titular.
El suplente asistirá al juicio desde su inicio…”. (Negrillas y subrayados del tribunal)

De igual forma el artículo 164 ejusdem, dispone:

“…Constitución del tribunal. Dentro de los tres días siguientes a las notificaciones hechas a los ciudadanos que actuarán como escabinos, el presiente del tribunal fijará una audiencia pública para que concurran los escabinos y las partes, se resuelva sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal mixto.
Realizadas efectivamente cinco convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos, el acusado podrá ser juzgado, según su elección, por el Juez profesional que hubiere presidido el tribunal mixto…” (Subrayado y Negrillas subrayados del tribunal)

Las normas anteriormente transcritas, establecen como deberá estar conformado el Tribunal Mixto, para constituirlo definitivamente, disponiendo que realizada la audiencia pública de constitución, y resueltas las inhibiciones, recusaciones, impedimentos y excusas que pudieran presentarse, el Tribunal Mixto deberá estar integrado por un Juez Profesional, quien actuará como Juez Presidente y dos escabinos, adicionándole un suplente cuando por la naturaleza o complejidad del caso se amerite.

Sin embargo, visto que los Alguaciles adscritos a este Circuito, no han podido hacer efectivas las Boletas de Citaciones, enviadas a los ciudadanos seleccionados, no siendo posible ni integrar el Tribunal con la lista original y ni constituir definitivamente el Tribunal Mixto, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques ACUERDA REALIZAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra de los acusados GOYA GRATEROL ANTHONY JESUS, LUIS ALFREDO TOVAR, QUINTANA MARTINEZ EDUARDO JOSE y LEON CARVAJAL CARLOS EDUARDO, por la presunta comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 358 tercer aparte del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día MARTES VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO, A LAS TRES HORAS DE LA TARDE (03:00 P.M.). Por cuanto quedaron notificadas las partes del sorteo fijado mediante el acta que antecede. Librese Boletas de Notificación a la DRA. ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL, en su carácter de Defensora Privada del acusado GOYA ANTHONY, notifíquese a las víctimas, oficio a la Oficina de Participación Ciudadana de este Circuito Judicial Penal y Sede, la correspondiente Boleta de Traslado dirigida al Director del Internado Judicial de Los Teques. Y ASI SE DECLARA. -

PARTE DISPOSITIVA

Por todo los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA REALIZAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra de los acusados de Nacionalidad: venezolano, de 22 años de edad, Lugar de Nacimiento: Caracas, Distrito Capital, Profesión u oficio: Comerciante Informal, Hijo de Sara Josefina Carvajal (V) y Eduardo Quintana (V), Residenciado en: El nacional parte baja, Sector Las Terrazas, primer Callejón, casa Nro. 87, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad: V.- 16.030.326, por la presunta comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 358 tercer aparte del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día día MARTES VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO, A LAS TRES HORAS DE LA TARDE (03:00 P.M.). por cuanto no fue posible integrar el Tribunal con la lista original, ni constituir definitivamente el Tribunal Mixto.

Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,

DRA. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA,

CAROLINA VENTO GARCIA.

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se publicó y registró el anterior auto fundado, se libro Boleta de Citación y Notificación a los ausente, Boleta de Traslado a nombre de los acusados a los fines de que sean conducidos a la sede este Despacho y oficia a la Oficina de Participación Ciudadana.
LA SECRETARIA,

CAROLINA VENTO GARCIA

ACT. Nro. 3M836-04
JJTV/CVG/cf.-