REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO: Declarar con lugar lo solicitado por la Vindicta Pública, en el sentido de imponerle a los adolescentes ------------------------ y --------------------, las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad y en efecto les impone las previstas en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera en la obligación de cumplir presentaciones cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a partir del día lunes 06 de septiembre de 2004, prohibición de salir fuera de la jurisdicción del tribunal sin la autorización expresa del mismo y prohibición de sostener por cualquier medio o persona o forma directa o indirecta comunicación o trato con Edgar Jesús Patiño y Willians Alberto Gómez Suárez, ni de acercarse al estacionamiento de autobuses de la Línea de Transporte Río Cristal ubicada en esta ciudad, las tres últimas hasta tanto culmine la investigación judicialmente. SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar lo solicitado por la Defensa en beneficio de sus defendidos, ya que se le impuso a estos otras adicionales a la solicitada por esta. TERCERO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial s los fines que continué con la investigación por el procedimiento ordinario. CUARTO: Quedan notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo terminó se leyó, siendo las 5:00 horas de la tarde, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

KENIA DEL CARMEN YÁNEZ
LA SECRETARIA


DESIREE PALMAR

Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.

LA SECRETARIA


DESIREE PALMAR



EXP. NRO. 1C-155/2004
KdelCY/DCPG/dp.-