REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
Tribunal de Primero Control

Guarenas, 29 DE SEPTIEMBRE del 2004

194° y 145°


Visto el escrito presentado por la Abogado LOURDES SUAREZ ANDERSON, en su carácter de Defensora Cuarta Pública Pernal, adscrita a la Unidad de defensa, en representación del ciudadano ARMANDO JOSE MELENDEZ ACOSTA, cédula de identidad N° 6.394.072, quien fue presentado por la fiscal Cuarta del ministerio público en fecha 01 de septiembre del año en curso, por los delitos de Porte, Comercio y Fabricación de armas de fuego previstos y sancionados en los artículos 278, 274, y 275 del Código Penal, en la audiencia de presentación le fue decretada una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con los ordinales 3 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal , quedando obligado a presentar dos fiadores que acrediten en su conjunto lo equivalente a treinta (30) unidades tributarias, y una vez satisfecha quedará bajo presentación cada quince días. La defensa señala que han trascurrido quince días, sin que los familiares hayan presentado a los fiadores, la defensora oficio a la dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía de Zamora solicitando el informe del estudio socioeconómico, el cual no consta en la causa, en consecuencia una vez conste el resultado del informe socioeconómico el tribunal estudiara la situación del imputado y procederá a pronunciarse en relación a la situación jurídica del ciudadano ARMANDO JOSE MELENDEZ ACOSTA. Por lo antes dicho se Niega la revisión de Medida solicitado por la defensa. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ

ABG. ROXANA GOMEZ MARCANO
LA SECRETARIA,

ABG. JHOSSEBERD RODRIGUEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste
LA SECRETARIA,


Causa 1C00075-04