REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02


EXP. 2C_00120/04


EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: 5TA DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: ORDAZ SANCHEZ LUIS ALBERTO
DEFENSA PÚBLICA: DRA. LAURA DELASCIO
SECRETARIO: ABG. JOSUE ZERPA

En el día de hoy, diecisiete (17) de Septiembre del 2.004 siendo las 2:00 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente el Juez del Tribunal de Control N° 02, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA, el Secretario ABG. JOSUE ZERPA, el Fiscal 5TA. Del Ministerio Público del Estado Miranda, DR. ESTHER DURAN, el investigado(s) ORDAZ SANCHEZ LUIS ALBERTO, la Defensora Pública Dra. LAURA DELASCIO. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y solicito la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y la Medida Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ejusdem, todo lo cual fundamento en su exposición y precalificó los hechos como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, haciendo aquí la salvedad y corrección del escrito de presentación presentado por mi ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. A continuación. La Juez impuso al investigado de la imputación Fiscal y del contenido del artículo 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido de los artículos 130 y 131 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. A continuación queda identificado el imputado de la manera siguiente: ORDAZ SANCHEZ LUIS ALBERTO, de nacionalidad Venezolana, natural de Guatire, Soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-18.753.660, hijo de Ana Sánchez (V) y Luis Ordaz (V), de profesión u oficio Albañil, de 18 años, fecha de Nacimiento: 16-06-88, residenciado en: Las Clavellinas, Sector El Nazareno, Calle Los Españoles, Casa N° 22, Guarenas, Estado Miranda. Quién expone: “Yo estaba en mi casa, baje a buscar a mi madre…me dice que habían unas personas peleando…cuando voy subiendo salen dos funcionarios que me revisaron…me dejaron ir…como a 10 metros había unos muchachos, los cuales fueron perseguidos por tales funcionarios…después me agarraron cuando no pudieron capturar a las personas que estaban persiguiendo, el mismo policía que momentos antes me había dejado ir me dijo que esa pistola era mía, que tenía que pagar por esa arma que no es mía, no se de donde la sacaron, consumo nada más que puro cigarro. Es todo “. Seguidamente la Defensa Dra. LAURA DELASCIO expone: “No hay suficientes elementos de convicción en contra de mi defendido por lo cual se le pueda atribuir el presente delito, razón por la cual solicito para el la Libertad Sin Restricciones. Es todo”. A continuación, éste Tribunal Segundo de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:

1.- Decreta que la presente investigación se siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.

2.- Decreta para el imputado, ciudadano ORDAZ SANCHEZ LUIS ALBERTO, la libertad sin restricciones, por no encontrarse llenos en su contra los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al no existir suficientes elementos de convicción procesal. Líbrese la respectiva Boleta de Libertad y remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Es todo, se terminó, Se Leyó y conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 2:10 P.M. Horas del día.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DR. ITALA DUARTE ORTEGA

LA FISCAL 5TA DEL M.P


EL IMPUTADO,

LA DEFENSORA

EL SECRETARIO,
ACT N° 2C00120-04