REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02
EXP. 2C_00108/04
EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: 6TA DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: PLANCHART JORGE LUIS
DEFENSA PÚBLICA: DRA. XIOMARA JIMENEZ
SECRETARIOA ABG. ALEJANDRA BONALDE
En el día de hoy ocho (08) de Septiembre del 2.004 siendo las ----, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente el Juez del Tribunal de Control N° 02, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA el Secretaria ABG. ALEJANDRA BONALDE, el Fiscal 6TA. Del Ministerio Público del Estado Miranda, DRA. JUANA D’ ELIAS, el investigado(s) PLANCHART JORGE LUIS, la Defensora Pública Dra. XIOMARA JIMENEZ. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y solicito la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y la Medida Sustitutiva de Libertad, de Conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ejusdem ordinales 3° y 6° , todo lo cual fundamento en su exposición y precalificó los hechos como APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal “. A continuación. La Juez impuso al investigado de la imputación Fiscal y del contenido del artículo 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido de los artículos 130 y 131 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. A continuación queda identificado el imputado de la manera siguiente: PLANCHART JORGE LUIS, de nacionalidad Venezolana, natural de Cupira, Soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V- 20.419.662, hijo Carmen Planchart (V) y Luis Mejias (V), de profesión u oficio Comerciante, de 18 años, fecha de Nacimiento: 05-06-86, residenciado en: Campo Verde, Parroquia El Guapo, Casitas de Campo verde, casa N° 14, Estado Miranda. Quién expone: “ A mi no me agarraron con nada, yo estaba frente a mi casa y llegaron ellos en una camioneta y montaron la lavadora, la habían recuperado como al medio día, me montaron en la camioneta y me llevaron a la sede de la policía, ello llegaron con el señor en la camioneta. Es todo “. Seguidamente la Defensa Dra. XIOMARA JIMENEZ, expone: “Solicito la Libertad sin restricciones para mi defendida, por cuanto se crean dudas según lo señalado en las actas policiales, en las cuales se establece que el robo se ocurrió hace aproximadamente un mes. Es todo”. A continuación, éste Tribunal Segundo de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Decreta que la presente investigación se siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Decreta para el imputado, ciudadano PLANCHART JORGE LUIS, la Medida cautelar contenida en el artículo 256 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, prohibición de acercarse a las victimas y a los testigos en el presente caso. Líbrese la respectiva Boleta de Libertad y remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Es todo, se terminó, Se Leyó y conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 6:20 horas del día.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR. ITALA DUARTE ORTEGA
EL FISCAL 6TA DEL M.P
EL IMPUTADO,
LA DEFENSORA
LA SECRETARIA,
ACT N° 2C00108-04
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