REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

SE RECIBIO EL EXPEDIENTE PROVENIENTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, SEGUIDAMENTE En el día de hoy, 09 de septiembre de 2004, comparece ante el Secretario de este despacho, el DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES, en su carácter de Juez Temporal de este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, designado por la Comisión Judicial en fecha 27 de julio de 2004, quien seguidamente expone: “Por cuanto de la lectura de los autos y actas que conforman el presente expediente, se evidencia que conocí en primer grado de jurisdicción sobre el presente juicio, es por lo que en atención a lo establecido en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, procedo en este acto a INHIBIRME de conocer la presente causa, por haber advertido la causal invocada, y así lo declaro en la ciudad de Los Teques, a los nueve (09) días del mes de septiembre de 2004, es todo”. En consecuencia, se ordena oficiar a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que sea designado Juez Especial para el conocimiento de la presente Inhibición, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Oficio.