REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciocho (18) de abril de dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARÍA DOLORES BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-622.754, sobre unas bienhechurías ubicadas en la Segunda Calle # 107 del Barrio Las Delicias, de la localidad de Higuerote, Municipio Autónomo Brión del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado NELSON BARAZARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.744, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
LA JUEZ, SUPLENTE ESPECIAL


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


EMQ/lci.
Exp. N° 40879