REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y uno (21) de abril de dos mil cinco (2005).
194º y 146º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado LUIS AUGUSTO MATERÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.832, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos CARMEN LEONIDAS CAMACHO DE ORTIZ y VICTORIA CECILIA DEL CARMEN CEDRES AVILAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.888.363 y 3.120.102 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos BEATRIZ SALAS DE DÍAZ, MARINO RAMÓN SALAS MORALES, DELIA ALEJANDRINA SALAS DE COLMENARES, ANA YOLANDA SALAS MORALES, ELIA JOSEFINA SALAS DE DÍAZ, CARMEN MILAGRO SALAS DE BELLO, MARIBEL BEATRIZ SALAS MORALES, CARMEN COROMOTO SALAS MORALES, JOSÉ GREGORIO SALAS MORALES y FATIMA DEL VALLE SALAS MORALES, hijos de los de-cujus, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.124.082, 4.057.609, 4.841.633, 4.055.238, 5.451.812, 6.460.962, 6.464.854, 6.879.219, 6.879.246 y 11.039.249 respectivamente. En la Sucesión de los ciudadanos SIXTO SALAS MANZO y TRINA DELIA MORALES DE SALAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 601.810 y 601.196 respectivamente, el primero falleció Ab-intestato en fecha 17 de marzo de 1988 y la segunda falleció el 18 de agosto de 2004, en su carácter de causahabientes de los prenombrados causantes, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EMQ/ICBC/magaly
Exp. 40.732