REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, veintisiete (27) de Abril de dos mil cinco (2005).-
195º y 146º

Vista la diligencia que antecede de fecha 21/04/2005, suscrita por la Abogada MARIANA GARCÍA GONZÁLEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos OSWALDO HIPOLITO MORILLO NATERA, PETRA ANTONIA MORILLO de ROJAS, ANA SANTIAGA MORILLO de PEREZ, MARIANO ALBERTO MORILLO NATERA y JOSE DE LA CRUZ MORILLO HERRERA, en la cual solicita sea reanudada la presente causa de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, este Tribunal en consecuencia pasa a realizar las siguientes consideraciones:
PRIMERA CONSIDERACIÓN: Establece el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
Artículo 231: “ Cuando se compruebe que son desconocidos los sucesores de una persona determinada que ha fallecido, y esté comprobado o reconocido un derecho de ésta referente a una herencia u otra cosa común, la citación que debe hacerse a tales sucesores desconocidos, en relación con las acciones que afecten dicho derecho, se verificará por un edicto en que se llame a quienes se crean asistidos de aquel derecho para que comparezcan a darse por citados en un término no menor se sesenta días continuos, ni mayor de cinto veinte, a juicio del Tribunal, según las circunstancias.
El edicto deberá contener el nombre y el apellido del demandante y los del causante de los sucesores desconocidos, el último domicilio del causante, el objeto de la demanda y el día y la hora de la comparecencia.
El edicto se fijará en la puerta del Tribunal y se publicará en dos periódicos de los de mayor circulación en la localidad o en la más inmediata, que indicará el Juez, por lo menos durante sesenta días, dos veces por semana.”
SEGUNDA CONSIDERACIÓN: Del estudio y revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia que la parte actora no consignó la totalidad de publicaciones que establece el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, aunado a esto las mismas fueron realizadas de manera incorrecta, donde la norma anteriormente transcrita del artículo 231 ejusdem es muy clara y precisa cuando establece que el edicto debe ser publicado en dos (02) periódicos de los de mayor circulación en la localidad o en la más inmediata, que indicará el Juez, por lo menos durante sesenta días, dos veces por semana, este Tribunal en consecuencia ordena emplazar nuevamente mediante Edicto a todas aquellas personas que se creyeren con derechos sobre el inmueble ubicado en las casas Nros. 17-09 y 17-12 del Sector Plaza Páez de Charallave en el Estado Miranda, con un área aproximadamente de 508 m2 y cuyos linderos son NORTE: Propiedad que son o fueron de RAFAEL MOLINA y ELPIDIO MACERO, SUR: Camino que conduce a cerro grande, ESTE: Calle principal y OESTE: Que es o fue de JIME GARCÍA e HIGINIO VILLAPAREDES, a objeto de que hagan valer sus derechos en el presente juicio, para lo cual deberán comparecer ante este Tribunal en un término no menor de sesenta (60) días continuos, ni mayor de ciento veinte (120), siguientes a la última publicación y consignación que del referido edicto se haga en el expediente, a darse por citados, transcurrido dicho lapso sin que se haya verificado su comparecencia, el Tribunal procederá al nombramiento de Defensor Ad-Litem con quien se entenderá su citación y demás trámites. El referido edicto deberá ser publicado en dos diarios de los de mayor circulación de la localidad, LA VOZ y ULTIMAS NOTICIAS, durante sesenta días, dos veces por semana, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese edicto y déjese constancia de lo actuado.-


EL JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en al auto que antecede.-


EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL GARCIA


AO/ldb
Exp. No.104-04

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Ocumare del Tuy, veintisiete (27) de Abril de dos mil cinco (2005).-
195º y 146º
EDICTO
SE HACE SABER:

A todas aquellas personas que se creyeren con derechos sobre el inmueble ubicado en las casas Nros. 17-09 y 17-12 del Sector Plaza Páez de Charallave en el Estado Miranda, con un área aproximadamente de 508 m2 y cuyos linderos son NORTE: Propiedad que son o fueron de RAFAEL MOLINA y ELPIDIO MACERO, SUR: Camino que conduce a cerro grande, ESTE: Calle principal y OESTE: Que es o fue de JIME GARCÍA e HIGINIO VILLAPAREDES, que deberán comparecer ante este Tribunal en un término no menor de sesenta (60) días continuos, ni mayor de ciento veinte (120), siguientes a la última publicación y consignación que del referido edicto se haga en el expediente, a darse por citados, transcurrido dicho lapso sin que se haya verificado su comparecencia, el Tribunal procederá al nombramiento de Defensor Ad-Litem con quien se entenderá su citación y demás trámites. El referido edicto deberá ser publicado en dos diarios de los de mayor circulación de la localidad, LA VOZ y ULTIMAS NOTICIAS, durante sesenta días, dos veces por semana, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que en fecha 15 de abril del año dos mil cuatro (2004) los ciudadanos OSWALDO HIPOLITO MORILLO NATERA, PETRA ANTONIA MORILLO de ROJAS, ANA SANTIAGA MORILLO de PEREZ, MARIANO ALBERTO MORILLO NATERA y JOSE DE LA CRUZ MORILLO HERRERA incoaron demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA .-

LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI


AO/ldb
Exp- 104-04