REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, cuatro (04) de Abril de Dos Mil Cinco (2005).-

194° y 146°

Recibida la anterior solicitud, presentada por el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de cédula de identidad N° 6.844.165, asistido por los Abogados YAJAIRA JOSEFINA LEÓN GONZÁLEZ y WUILMER JOSÉ LEÓN GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.083 y 88.110, respectivamente, en la cual DENUNCIA LAS IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES de la Sociedad Mercantil denominada LICORERÍA Y FESTEJOS EL PLACER 20, C.A; fundamentado la misma en el artículo 291 del Código de Comercio, se le da entrada en los Libros respectivos bajo el No. S-336 y se ordena agregar a los autos los recaudos acompañados.- Y por cuanto la acción intentada no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia se ordena que los ciudadanos: JUAN MANUEL FIGUEIRA DOS SANTOS, MARTINHO DOS SANTOS y ORLANDO CHAVES DOS SANTOS, en sus carácter de Accionistas de la referida sociedad, de nacionalidad Portuguesa, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. E-81.696.119, 81.627.853 y 81.514.442, respectivamente, comparezcan por ante este Tribunal al TERCER (3er) día de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m), a fin de que estimen lo conducente a la referida solicitud. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto en Cuaderno de Separado el cual se ordena abrir en esta misma fecha, asimismo y a los fines de practicar las notificaciones de los ciudadanos JUAN MANUEL FIGUEIRA DOS SANTOS y MARTINHO DOS SANTOS, se ordena librar despacho de comisión al Juzgado Distribuidor de Municipio del Área Metropolitana de Caracas. CÚMPLASE.



LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.

EL SECRETARIO, ABOG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior

EL SECRETARIO, ABOG. MANUEL GARCÍA.


AO/ldb.
Exp. S-336.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.

Ocumare del Tuy, 04 de Abril de 2005.
194° y 146°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano JUAN MANUEL FIGUEIRA DOS SANTOS, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.696.119, y con domicilio en el Automercado “LUGO LEÓN”, ubicado en la Esquina de Curamichate a Viento, Parroquia Rosalía, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, en su carácter de Accionista de la Sociedad Mercantil LICORERÍA Y FESTEJOS EL PLACER 20, C.A, que el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de cédula de identidad N° 6.844.165, ha denunciado ante este Tribunal LAS IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES de la referida Sociedad Mercantil, la cual cursa en libo de solicitudes bajo el N° S-336, solicitando la notificación de los Accionistas de la misma. En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código de Comercio, se ordena al ciudadano JUAN MANUEL FIGUEIRA DOS SANTOS, que comparezca por ante este Tribunal al TERCER (3er) día de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones, a las DIEZ (10:00 a.m,), a fin de que estimen lo conducente a la referida solicitud. Ocumare del Tuy, cuatro (04) de Abril de 2005.




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.




AO/ldb.
Exp. S- 336











REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.

Ocumare del Tuy, 04 de Abril de 2005.
194° y 146°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano MARTINHO DOS SANTOS, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.627.853, y con domicilio en la Calle La Pedrera, Las Minas de Baruta, Baruta, Abasto San José, en su carácter de Accionista de la Sociedad Mercantil LICORERÍA Y FESTEJOS EL PLACER 20, C.A, que el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de cédula de identidad N° 6.844.165, ha denunciado ante este Tribunal LAS IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES de la referida Sociedad Mercantil, la cual cursa en libo de solicitudes bajo el N° S-336, solicitando la notificación de los Accionistas de la misma. En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código de Comercio, se ordena al ciudadano MARTINHO DOS SANTOS, que comparezca por ante este Tribunal al TERCER (3er) día de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones, a las DIEZ (10:00 a.m,), a fin de que estimen lo conducente a la referida solicitud. Ocumare del Tuy, cuatro (04) de Abnil de 2005.





LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.




AO/ldb.
Exp. S- 336












REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.

Ocumare del Tuy, 04 de Abril de 2005.
194° y 146°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano ORLANDO CHAVES DOS SANTOS, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.514.442, y con domicilio en Las Residencias La Vega, Torre B, Piso 9, Apartamento 91, Calle Julián Carias, La Vega, Cúa, Municipio Autónomo Urdaneta del Estado Miran, en su carácter de Accionista de la Sociedad Mercantil LICORERÍA Y FESTEJOS EL PLACER 20, C.A, que el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de cédula de identidad N° 6.844.165, ha denunciado ante este Tribunal LAS IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES de la referida Sociedad Mercantil, la cual cursa en libo de solicitudes bajo el N° S-336, solicitando la notificación de los Accionistas de la misma. En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código de Comercio, se ordena al ciudadano ORLANDO CHAVES DOS SANTOS, que comparezca por ante este Tribunal al TERCER (3er) día de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones, a las DIEZ (10:00 a.m,), a fin de que estimen lo conducente a la referida solicitud. Ocumare del Tuy, cuatro (04) de Abril de 2005.





LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.




AO/ldb.
Exp. S- 336



TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, cuatro (04) de Abril de Dos Mil Cinco (2005).-

194° y 146°


Se abre el presente Cuaderno de Medidas a los fines de proveer sobre la Medida Innominada Cautelar solicitada por el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.844.165, debidamente asistido por los Abogados YAJAIRA JOSEFINA LEÓN GONZÁLEZ y WUILMER JOSÉ LEÓN GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.083 y 88.110, respectivamente, en virtud de la solicitud de DENUNCIA DE LAS IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES, que se sustancia en el expediente signado bajo el S-336. Cúmplase.-




LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA





AO/ldb.
Exp. S-336









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. OCUMARE DEL TUY
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SE HACE SABER:
Que en la DENUNCIA DE IRREGULARIDADES DE LOS ADMINISTRADORES solicitada por el ciudadano JOSÉ AGUIAR GONZÁLEZ, titular de la cédula de Identidad N° 6.844.165, que se sustancia en el Expediente S-336, ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación de los ciudadanos JUAN MANUEL FIGUEIRA DOS SANTOS, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. E-81.696.119, domiciliado y 81.627.853, domiciliado en el Automercado “LUGO LEÓN”, ubicado en la Esquina de Curamichate a Viento, Parroquia Rosalía, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, respectivamente, y MARTINHO DOS SANTOS, nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. E-81.627.853, domiciliado en la Calle La Pedrera, Las Minas de Baruta, Baruta, Abasto San José, a tal efecto se le remiten boletas de notificación y copia certificada del auto de admisión.-
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como Abogados Asistentes a los ciudadanos YAJAIRA JOSEFINA LEÓN GONZÁLEZ y WUILMER JOSÉ LEÓN GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.083 y 88.110, respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Ocumare del Tuy, a los cuatro (04) día del mes de Abril de dos mil cinco (2005).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO.
ABOG. MANUEL GARCIA
AO/ldb.
EXP. S- 336.